Caza del jabalì en el Oeste Pampeano

La Caza del jabalì en el Oeste Pampeano està reglamentada especìficamente.
Categoría “A” en siete Departamentos de La Pampa – Desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2008.
Mediante Disposición Nº 234/08 de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios del Gobierno de La Pampa, se autoriza la caza de jabalí a los cazadores con jauría “Categoría A” desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre del año en curso, en los Departamentos Chicalcó; Chalileo; Limay Mahuída; Curacó; Puelén; Caleu Caleu y Lihue Calel.
La autorización no es válida para participar en concursos de caza. Para la práctica de la caza se requerirá el permiso de caza y el permiso de dueño de campo.
Tránsito y caza con jauría
Para la caza y tránsito, deberá cumplimentarse con lo establecido por la Disposición de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios Nº 02/08.
Se establece a partir del año 2009, para la caza con jauría, la utilización de una Libreta Sanitaria, cuyo modelo y mecanismo de utilización será acordado con el Colegio Veterinario de La Pampa.
Motivos de la Disposición
La caza deportiva con jauría constituye una modalidad de caza corriente dentro de la provincia de La Pampa.
Por sus características reproductivas y de adaptación, las poblaciones de jabalí europeo (Sus scrofa) son cada vez más abundantes en el oeste de nuestra Provincia.
La caza deportiva de jabalí a lo largo de todo el año, podría utilizarse como una herramienta de control de las poblaciones de jabalí.
Fueron analizadas las infracciones a la Ley Nº 1194 producto de esta actividad, observando que, si bien la caza con jauría constituye una de las modalidades con mayor cantidad de faltas, no son los cazadores identificados con la categoría “A” quienes las cometen.
Finalmente se dice que, sería importante tomar medidas para controlar las poblaciones de jabalí, a la vez que se otorga un beneficio a cazadores que califiquen para la categoría “A”, a los fines que puedan ejercer la actividad, evitando la inactividad de los canes.











